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Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025

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Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025

El Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025 hace parte de los programas sociales implementados por el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador durante los años que ha estado al frente del gobierno. Con las becas bienestar (como se le conocen popularmente) la administración de AMLO busca redistribuir la riqueza de manera más equitativa, con un énfasis en la población más vulnerable.

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BIENESTAR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

¿Qué es la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025?

Qué es la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad

El Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025 es un programa de apoyo (económico y especies) llevado a cabo por el gobierno de México que busca disminuir de manera considerable los niveles de pobreza, discriminación y rechazo de la población que presenta una discapacidad permanente

Con la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad, México busca encaminarse a la meta establecida por la ONU y consagrada en nuestra Constitución y leyes de garantizar los plenos derechos a los ciudadanos que presenten una discapacidad permanente y a su vez minimizar los elevados índices de pobreza dentro de ellos.

La Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad está dirigida primordialmente a los niños, niñas y adolescentes; adultos indígenas y ciudadanos afromexicanos, así como aquellos que viven en condiciones de vulnerabilidad por las condiciones de hacinamiento, pobreza, violencia, marginalidad entre otros factores de amenaza.

¿Qué es una discapacidad permanente?

Un ciudadano presenta una discapacidad permanente cuando sus funciones humanas (físicas, mentales, emocionales, sensoriales e intelectuales) se ven limitadas por una condición médica que es perdurable en el tiempo. La discapacidad permanente impide el correcto desenvolvimiento social de la persona que la padece con el entorno que la rodea.

No se consideran discapacidades permanentes aquellas que tienen un tiempo finito de durabilidad en el tiempo. Ejemplo

  • correcto Traumas leves productos de accidentes
  • correcto Fracturas de brazos, piernas o cualquier otra que pasado un periodo de tiempo determinado devuelva la normal motricidad de quien la padece
  • correcto Problemas psicológicos como depresión.
  • correcto Enfermedades físicas tratables con fármacos.
  • correcto Cualquier otra discapacidad que medicamente sea considerada temporal.

Cobertura de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025

Los ciudadanos que deseen ser beneficiados con una Pensión Bienestar Personas con Discapacidad deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • correcto Ser ciudadano mexicano (por nacimiento o naturalización)
  • correcto Residir dentro del territorio nacional. Quedan exentos aquellos mexicanos residentes en el extranjero.
  • correcto No son elegibles los extranjeros residentes en el país. Aun cuando cumplan con los demás criterios de elegibilidad.

Población Priorizada

  • correcto Menores de edad
  • correcto Ciudadanos de 30 a 64 años de edad que habiten en:

Localidades indígenas (40% o más de los ciudadanos son indígenas)

Zonas vulnerables (marginalidad, pobreza general, pobreza extrema, violencia)

Ciudadanos afromexicanos.

Modulos Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025

Requisitos para solicitar una Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025

Requisitos para solicitar una Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad

Si deseas ser parte de los beneficiados de una Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad te traemos de prima mano todos los documentos y recaudos que debes suministrar ante las autoridades competentes para formalizar tu solicitud.

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Para apoyo económico:

  • correcto Acta o Certificado de nacimiento. (Te recomendamos que la tengas vigente)
  • correcto Documento de identidad vigente (original y copia). INE, pasaporte, cartilla militar o cualquier otro documento válido
  • correcto CURP
  • correcto Comprobante de domicilio con vigencia máxima de 6 meses. Como en la mayoría de los trámites civiles puedes utilizar un recibo de servicio público (agua, luz, gas, teléfono fijo, etc.)
  • correcto Constancia o certificado médico que avale la discapacidad permanente del solicitante. La misma debe ser emitida por un centro de salud público, bien sea municipal, estatal o federal. Dentro del certificado debe ir de manera detallada todo lo relacionado a la discapacidad (tipo, especificaciones médicas, que impedimentos provoca en el paciente, etc.)
  • correcto Llenar el FUB (Formato Único de Bienestar) y la Cédula de verificación de la discapacidad permanente.

Apoyo en especies

Los ciudadanos menores de edad que requieran apoyo en especie (Rehabilitación y terapias) deben anexar además de todos los documentos anteriores, lo siguiente:

  • correcto Constancia médica donde se especifique que el solicitante requiere servicios de rehabilitación y/o terapia. La misma debe ser emitida por un centro de salud público. En caso de ser privado el mismo debe estar aprobado por el Sistema Nacional de Salud.
  • correcto Llenar el FUB (formato 5) especial para este tipo de procedimientos.
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BIENESTAR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Requisitos para las personas en función de auxiliares

En muchísimos casos la persona con discapacidad permanente requiere de una ayuda adicional, bien sea porque su discapacidad le impide realizar por si mismo los trámites, por alguna enfermedad, o simplemente es más cómodo para el solicitante tener el apoyo de un tercero. Si este es el caso la persona auxiliar deberá suministrar.

  • correcto Los recaudos 1,2,3 y 4 establecidos para solicitar el apoyo económico
  • correcto Documento válido que demuestre parentesco con el solicitante.

Calendario de Pago de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025

Primera letra del apellido Día de depósito Mes
A Lunes Enero
B Martes Enero
C Miércoles Enero
C Jueves Febrero
D, E, F Viernes Febrero
G Martes Febrero
G Miércoles Febrero
H Jueves Febrero
I, J, K Viernes Febrero
L Lunes Febrero
M Martes Febrero
M Miércoles Febrero
N, Ñ, O Jueves Febrero
P, Q Viernes Febrero
R Lunes Febrero
R Martes Febrero
S Miércoles Febrero
T, U Jueves Febrero
V, W, X, Y, Z Viernes Febrero

Los pagos de los programas del Bienestar se reanudarán en julio, luego de las Elecciones 2024.

Tipos de apoyo del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025

Tipos de apoyo del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad

La Secretaría del Bienestar ha dispuesto para el ejercicio fiscal 2024-2025 dos tipos de apoyos o ayudar para la población con alguna discapacidad permanente y beneficiada con la pensión bienestar discapacidad. Las 2 formas de apoyo a la ciudadanía son:

Económico

A través del pago hecho a las cuentas de los beneficiarios directamente. En el caso de menores de edad el pago es realizado a las cuentas bancarias de su madre, padre o persona legalmente responsable

El monto de la beca bienestar discapacidad es de  $3,100 pesos mensuales. El pago es realizado bimestralmente por el monto equivalente a los 2 meses, es decir $6,200 pesos

En especies

El gobierno ha implementado para las personas con discapacidad permanente el apoyo en especies. Este consiste en la entrega de vales para las terapias de rehabilitación y/o consultas médicas en los centros de salud tanto públicos como privados que estén debidamente autorizados por el Sistema Nacional de Salud (SND)

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Los vales para ser utilizados en los centros de salud serán vigentes durante todo el año fiscal, es decir durante todo el 2024-2025. Los mismos equivalen a una única sesión de terapia para rehabilitación, sin embargo, podrán ser intercambiados por los siguientes servicios:

  • correcto Consulta y/o valoración médica especializada
  • correcto Terapias enfocadas en la educación, inclusión y sensibilización de las personas con discapacidad
  • correcto Sesiones de terapia y rehabilitación (física, mental, espiritual, de relajación, etc.)
  • correcto Cualquier otro caso diferente a los anteriores y que sea de beneficio para la salud integral del beneficiado.

NOTA. La ayuda en especies solo será otorgada a los beneficiarios menores de edad, es decir aquellos con edades entre los 0 y 17 años. En caso de que el joven en el transcurso del bimestre llegase a cumplir su mayoría de edad se le otorgará todo el beneficio por última vez.

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BIENESTAR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

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Derechos de las Personas Beneficiadas con la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025

Todo ciudadano beneficiado con una Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad y su representante legal (en caso de menores de edad o personas con discapacidad mental o intelectual) tienen derecho a lo siguiente:

  • correcto Recibir de parte de los funcionarios públicos involucrados información oportuna, veraz y fidedigna.
  • correcto Ser tratadas con dignidad, en igualdad de condiciones y sin ningún tipo de discriminación
  • correcto Recibir todo el apoyo necesario durante cada etapa del proceso de selección y pagos del PBD
  • correcto La privacidad de sus datos personales
  • correcto Recibir de forma oportuna y puntual los pagos correspondientes a la PBD
  • correcto Nombrar a una persona de su entera confianza para que lo represente en todos los trámites relacionados a la PBD. Dicha persona debe registrarse mediante el formato único del bienestar.
  • correcto En caso de que la persona con discapacidad no pueda salir de su domicilio, esta tiene derecho mediante el apoyo de algún familiar o la persona de su confianza a solicitar una visita de la persona competente en la materia para que el adulto autorizado por el beneficiario sea quien realice todos los trámites correspondientes (incluido el cobro de la PBD)

Deberes de las Personas Beneficiadas con la Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025

Así como los ciudadanos beneficiados de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad poseen derechos, legalmente también están sujetos a deberes que deben cumplir a cabalidad. Son obligaciones de los beneficiarios:

  • Suministrar toda la información requerida por las autoridades y entes públicos vinculados al

    Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad

  • correcto Proporcionar información verdadera y fidedigna de la discapacidad, así como de la situación socioeconómica en la que se encuentra.
  • correcto Actualizar sus datos personales y de domicilio cuando las autoridades convoquen jornadas especiales. Para ello debe dirigirse a los módulos de atención al ciudadano dispuestos para tal fin
  • correcto Participar el cambio de domicilio en caso de haberlo
  • correcto Cuidar la tarjeta bienestar entregada para el cobro de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad.
  • correcto En caso de fallecer la persona beneficiada, sus familiares están en la obligación de hacerlo saber ante la Secretaría del Bienestar. Para ello deben presentar el acta o certificado de defunción emitido por la autoridad competente.

¿Cuándo pueden Retener, Suspender o Quitar la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025?

La Secretaria de Bienestar está facultada legalmente para retener, suspender o quitar de forma definitiva la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad a aquellos ciudadanos que incumplan alguna norma. A continuación, te presentamos de forma detallada los casos en los que las autoridades pueden tomar alguna acción en contra de tu beneficio.

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Retención. Son causas de la retención de la pensión:

  • correcto Cuando de detecte alguna incongruencia en los datos suministrados por el beneficiado o la persona auxilia. Ejemplo: domicilio, INE, informe médico, etc
  • correcto Si el beneficiado o su auxiliar no retira su Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad por 2 bimestres consecutivos
  • correcto Si se detecta alguna duplicidad en los datos personales de 2 o más beneficiados o auxiliares
  • correcto Si el ciudadano beneficiado o su auxiliar aparecen en el CURP como personas fallecidas
  • correcto Cuando se realicen cobros indebidos o simultáneos.

NOTA la retención del dinero se le notificará al beneficiado y/o auxiliar por escrito, en ella se detallará el o los motivos por los cuales la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad ha sido retenida. Una vez notificado, el beneficiado está en pleno derecho de dirigirse a las instancias correspondientes a subsanar cualquier malentendido, suministrando todos los documentos que las autoridades le exijan para liberar el dinero retenido.

Suspensión. La suspensión de la PBD se da por las siguientes causas:

  • correcto Cuando después de la retención del pago por 2 bimestres los beneficiados no se presenten ante las autoridades a aclarar la situación.
  • correcto Al determinarse duplicidad en la identidad de los beneficiarios.
  • correcto Al determinase cobro simultaneo de la PBD
  • correcto Cuando la persona beneficiada incumpla la normativa legal que regula la materia

Eliminación. Esta se da por lo siguiente:

  • correcto Por el fallecimiento del beneficiado.
  • correcto Por suspensión de 2 bimestres consecutivos de la PBD
  • correcto Cuando de dictamine que el beneficiado proporciono información falsa y/o adulteró documentos para ser elegido.
  • correcto Cuando el beneficiado solicite de manera voluntaria no recibir más el apoyo económico.
  • correcto En el momento que el ciudadano beneficiado de ayuda en especie decida voluntariamente no recibir más el apoyo brindado.

Reincorporación. Una persona puede reincorporársele o reactivársele de nuevo la PBD cuando:

  • correcto Se haya resuelto de manera satisfactoria cualquier malentendido encontrado por las autoridades y que haya sido motivo de retención, suspensión o eliminación de la pensión.
  • correcto El ciudadano haya solicitado voluntariamente la eliminación de la PBD y ahora solicite de nuevo la reincorporación al programa

NOTA. Para la reincorporación de la PBD los solicitantes deben presentar ante las autoridades competentes toda la información y documentación que estas le exijan.

Durante una conferencia de prensa llevada a cabo a finales de 2021 la Secretaría de Bienestar anunció que el presupuesto para los programas sociales tendría un significativo aumento en el 2023-2024. La PBD obtendrá este año el apoyo de los gobiernos municipales y estatales sumado al federal por lo que se espera un mayor número de beneficiados durante este año

Denuncias, Quejas y Solicitudes de Información Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025

Para denunciar cualquier irregularidad o solicitar algún tipo de información, la ciudadanía en general tiene a su disposición los siguientes canales:

  • correcto Secretaría del Bienestar (Órgano del Control Interno)

Teléfono: 555-328-5000

Email: organo.interno@bienestar.gob.mx y demandasocial@bienestar.gob.mx

Sede: Av. Paseo la Reforma #116 piso 11. Col. Juárez. CP 06600 CDMX (lunes a viernes 9:00 – 18:00 hrs)

  • correcto Secretaría de la Función Pública

Teléfono: CDMX 552-000-2000 Resto del país 01-800-11-28-700 https://alertadores.funcionpublica.gob.mx/

Web: http://www.funcionpublica.gob.mx/

Email: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx

Sede: Insurgentes Sur #1735 Planta Baja. Col. Guadalupe. CP 01020 CDMX (lunes a viernes 9:00 – 18:00 hrs)

NOTA. Para cualquier solicitud de información tienes a disposición la línea bienestar 800MEXICO4 (800 6394264). El horario de atención al ciudadano es días de semana (lunes a viernes) de 9 am a 9 pm, los fines de semana y días feriados la atención es de 9:00 am a 1:00 pm.

Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2022-2023
Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025
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Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 2024-2025

Un comentario

  1. HOLA BUENA TARDE.
    LA CONSTANCIA O CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD PERMANENTE PUEDE SER DE UNA UNIDAD DE REHABILITACIÓN DEL DIF MUNICIPAL? ES FIRMADA POR MÉDICO ESPECIALISTA CON TÍTULO Y CÉDULA PROFESIONAL DE ESPECIALIDAD VIGENTE

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