Pensión Bienestar ¿Cuáles son las razones por las cuales me pueden dar de baja en este programa?
Luego de que termino la jornada electoral este 2 de junio del presente año la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores y los diferentes programas sociales que brinda el gobierno de México ya han sido reanudados, esto incluye actividades de forma normal, como los depósitos e incorporaciones de nuevos aspirantes, no obstante, se publicó recientemente un comunicado donde se les sugiere a los beneficiarios del programa apegarse a las Reglas de Operación vigentes de la iniciativa de manera seria, pues de no ser así, podrían perder el beneficio económico de 6 mil pesos cada dos meses. En este artículo te brindaremos los detalles de esta información.
Mujeres con Bienestar. ¿Cuándo abrirá la convocatoria? y ¿Quiénes ya no podrán participar?
Para adentrarnos en el tema, debemos de tener en cuenta que los Programas para el Bienestar fueron suspendidos por órdenes directas del Instituto Nacional Electoral, pues está dependencia prohibió la entrega de cualquier tipo de apoyos económicos por parte del gobierno, esto para evitar condicionar las intenciones de voto de los derechohabientes, no obstante, una vez culminado está jornada electoral se podrán volver a operar con normalidad estos programas.
¿Cuáles son las razones por las cuales los derechohabientes del programa podrían perder sus beneficios?
Según con las reglas vigentes de operación para el programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, existen varias razones por lo que el pago se puede retener o suspender, incluso hay escenarios donde se podría dar de baja definitiva a los usuarios del programa, a continuación te mostraremos los puntos para no perder tus beneficios de la Pensión Bienestar.
¿De que manera obtengo los 90 mil pesos que ofrece la Conaví y la Secretaría del Bienestar?
- Problemas con la información de identificación.
- Por no asistir a cobrar tu apoyo en 2 bimestres seguidos.
- Por una posible duplicidad en tus datos.
- Problemas con el medio de cobro, ya sea por una alteración o falsificación de la tarjeta.
- Cuando el personal de la Secretaría del Bienestar no localicé al beneficiario en su domicilio después de dos visitas consecutivas.
- Cuando infrinja las reglas de operación vigentes.
- En caso del beneficiario fallezca, la persona auxiliar deberá de notificar a la Secretaría del Bienestar y en este caso se otorgaría el pago de marcha.