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Pensión IMSS: CONSULTA SI ERES BENEFICIARIO DE LA LEY 73, ¡infórmate!

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Pensión IMSS: CONSULTA SI ERES BENEFICIARIO DE LA LEY 73, ¡infórmate!

¿Eres o conoces a un Adulto Mayor beneficiario de la Pensión IMSS (Instituto Mexico del Seguro Social) que desee conocer si se encuentra inscrito bajo la Ley 73?, entonces te aseguro que esta nota será de tu total interés, ya que aquí te compartiré todo a detalle.

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Hay que tener en cuenta que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cuenta con dos regímenes para esta pensión, uno de ellos es la Ley 73, misma que esta dirigida para los beneficiarios que empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997.

¿Qué diferencia hay entre la Ley 73 y 97?

La Ley 73 que maneja el IMSS aplica para los trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997, y esta es otorgada de acuerdo al número de semanas cotizadas, así como el salario promedio que recibió el trabajador durante sus últimos años laborales.

Por otra parte, la Ley 97 del IMSS va dirigida a aquellos trabajadores que iniciaron a cotizar antes del 1 de julio 1997, está en entregada acorde al número de semanas cotizadas y el salario promedio que recibió el trabajador durante sus últimos años laborales.

¡Si cuentas con esto te podrás pensionar bajo la Ley 73!

Si deseas ser parte de la Pensión IMSS bajo la Ley 73, entonces será de suma importancia que cuentes con los siguientes requisitos: Haber cotizado un mínimo de 500 semanas ante el seguro social y estar bajo el periodo de conservación de derechos (correspondiente a la cuarta parte del tiempo cotizado, desde la fecha en que fue dado de baja el trabajador). Cabe mencionar que si dejas de cotizar por más de cinco años sin haberte inscrito a la Modalidad 40, entonces existe el riesgo de que puedas perder el derecho a tu pensión.

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