El Acuerdo 717 tiene su principal relación con los programas que busquen enfatizar la autonomía en la gestión escolar en educación básica, los cuales tratan acerca de las diferentes áreas de organización de las instituciones, como lo son la infraestructura, material educativo, administración, y finanzas, en donde los directivos se les verá como los garantizadores de lograr el mantenimiento y aprendizaje, con la ayuda de autoridades que pueden ser tanto federales, locales o municipales, dando una serie de lineamientos que ayuden a esto.
De esta manera, el Acuerdo 717 procurará delimitar una serie de parámetros, que podrán ser de ayuda para llevar a cabo la gestión escolar, consiguiendo ser de calidad, equitativa, y optimizando la autonomía de los diferentes planteles educativos, integrando a entes desde federales, a nivel local, y municipal, reconociéndose como los encargados de llevar a cabo estas acciones, mostrando las condiciones que se deben de tener, y velando por el cumplimiento de las normativas,
Competencias del Acuerdo 717
Parte de las competencias del acuerdo 717 habla acerca de los entes educativos en sus diferentes niveles, entiéndase como los locales, federales, o municipales, sirviendo para atender puntos como el desarrollo, prioridades, y condiciones educativas; realización de evaluaciones, en donde el resultado de la misma, sea tomado en cuenta para la optimización escolar; la formación de los planes anuales; ser dadores de herramientas y recursos para explicar los planes de acción que tienen; y la administración junto a las condiciones de los recursos que se dan, deben de ser prioridades, viéndose como parte de los contextos educativos.
Agregando de la misma manera, que se considera igualmente otros elementos, como otorgar una locación a las escuelas; dictar condiciones básicas para el funcionamiento escolar, velando por eso; reglamentar lo que refiere a una estructura ocupacional en centros educativos; obediencia del reglamento propuesto por los consejos técnicos, procurando tener una infraestructura y mobiliario en buen estado y digno para su uso, así como reconocer el progreso escolar, e incentivar a conseguir resultados de evaluaciones a fin de tener una retroalimentación, que sirvan para tomar decisiones que impulsen.
No tan solo quedándose con esto, también habla de que el acuerdo 717 puede abarcar puntos tales como lo son, el mejoramiento de habilidades matemáticas, de lectura y escritura del alumnado; buscar, tener y mantener el equipo que laboral en las instituciones completas que se mantenga en cada ciclo escolar; cumplimiento de normas básicas escolares, como lo es la puntualidad, tener materiales necesarios para usarse, y el tiempo de las actividades; buscar ser un seguidor del camino educativo de los estudiantes, otorgándoles de esta manera atención. Tomando en cuenta estos elementos, se puede hablar de que representaran una buena convivencia educativa que ayudará al surgimiento y mantenimiento de la misma.
Acuerdo 717 pdf
El acuerdo 717 fue expedido en marzo del año 2014, haciéndose de su conocimiento a la población, por medio del Diario Oficial de la Federación, consiguiéndolo en formato digital, entendiéndose como un pdf, este se puede conseguir accediendo al enlace, o también, por medio del siguiente link.
El acuerdo 717, para poder figurar de manera legal, se puede apreciar en este la interferencia de la SEP, el artículo 3 constitucional; la LGE, con el apoyo de sus artículos 2, 3, 6, 8 y 12; además del reglamento interior de la SEP, en su quinto artículo.
Con la presencia de todos los anteriormente mencionados, y lo que implica cada uno, influyendo desde:
- El derecho de la educación.
- La educación debe ser obligatoria desde la infancia.
- Oportunidades que sean equitativas para toda la población mexicana.
- La intervención activa de la comunidad escolar como influyente en el proceso de enseñanza.
- La responsabilidad en cuanto al presupuesto financiero de las autoridades educativas en sus diferentes niveles, haciendo que se pueda dar la autonomía escolar, y así mismo, en concordancia con el artículo 28 de la LGE, la ejecución de proyectos y acciones para la autonomía escolar que tienen que ser dadas por las autoridades educativas, junto a los recursos que son dispuestos por la SEP.
- Atribuir al PND en su tema de educación de calidad, pensándose que esto se pueda conseguir por la administración autónoma de las escuelas.
- Fortalecimiento de aptitudes de gestión escolar, tal como lo es un óptimo proceso de aprendizaje, fortalecimiento de las relaciones en la comunidad, y la educación integral.
- Entendiendo que la autonomía en la administración del espacio escolar, podrá cumplir con atender las necesidades básicas, y que mejoren la calidad educativa que se da, abarcando desde todo lo que implica el proceso de aprendizaje, hasta del inmobiliario, apoyándose y asegurándose de las autoridades educativas, siendo generador de que los estudiantes ejerzan su derecho a la educación,
En el presente Acuerdo 717 en su pdf, se ve cómo se desenlazan diversos capítulos con sus disposiciones, en cada capítulo y en relación con el título presentado en el mismo, se encontrarán los lineamientos pertinentes a cumplir, explicándole cómo estos deben de ser, y que es lo que se tiene pensado en cómo se llevará a cabo. Al mismo tiempo, se visualiza que el acuerdo 717 entró en funcionamiento desde el momento de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, además de abolir todas las disposiciones que no estén en concordancia con el acuerdo 717.
Acuerdo 717 resumen
A manera de poder concentrar toda la información y disposiciones que conforman el acuerdo, se puede explicar que cada uno de los capítulos se puede comprender así:
Capítulo I Acuerdo 717
Se centra en disposiciones generales, explicando el uso y el para qué de las directrices del acuerdo, siendo su objetivo crear una base de diferentes normas a acatar por las autoridades educativas que sean locales y municipales, para los proyectos de gestión escolar que se centren en la gestión escolar. Comprendiendo de esta forma que los proyectos o acciones de gestión escolar, serán dados por las autoridades educativas, para implementarse en pro de las condiciones académicas, organizacionales y administrativas.
Capítulo II Acuerdo 717
Hablará del refuerzo de la autonomía escolar, en donde las autoridades federales, locales y municipales, como accionistas de los programas de gestión, deben seguir una serie de premisas, como lo pueden ser la ubicación de una escuela dentro de un centro de atención, hablar de los lineamientos que todo instituto de educación básica debe de tener, las normas que aplicarán, explicar cómo se llevarán los sistemas administrativos escolares para que no se sobrecarguen, hablar acerca de la infraestructura digna, además del equipo que labora en, y la estructuración de acciones de servicios académicos, entre otros.
Es de hacer mención, que cuando las autoridades educativas quieren llevar a cabo sus proyectos o acciones de la gestión de organización escolar, antes de que ellos se disponen a hacerlo, tendrá que ser una idea previamente revisada y propuesta ante el Comité Técnico Local de educación básica, después de la revisión de este y su aprobación, se podrá dar a conocer a las escuelas, y se llevará a cabo con el inicio de cada año escolar.
Estos programas deberán ayudar al progreso y al contexto educativo, mejorando diversas habilidades, cumpliendo con que se tengan elementos básicos, disminuir el desinterés escolar, y buscando más bien que la permanencia en los espacios educativos, sea aún mayor, incentivar a una mejor convivencia escolar, evitando así problemas que interfieran en la educación del cuerpo estudiantil, acentuar la supervisión escolar, de los consejos técnicos y de los directivos, y del proceso evaluativo hacia las entidades escolares.
Capítulo III Acuerdo 717
Recordando que los programas que son propuestos, pasarán por evaluaciones, para poder conseguir una retroalimentación de los sucesos, en donde las personas que integran una comunidad escolar puedan apreciar los resultados de las evaluaciones hechas por el Consejo Técnico, el cual podrá evaluar puntos desde el aprendizaje, haciendo notar las anomalías que hay en sus procesos; una evaluación que sea equitativa, viendo la diversidad del todo entorno, comprendiendo lo social, lenguaje, cultura, intelecto, y físico del cuerpo estudiantil; y en la gestión escolar, se verá a la comunidad y sus estrategias.
Como la finalidad de las evaluaciones termina siendo la detección de problemáticas para la retroalimentación de, puede ayudar al desarrollo de las aptitudes de directivos y maestros, ya que se cuenta con que el proceso evaluativo use parámetros confiables, y con esto, se tienen los resultados que serán la referencia de la retroalimentación, por esto se llega a considerar como algo básico y necesario para futuras planeaciones, desarrollos y valoraciones.
Capítulo IV Acuerdo 717
Referente a la planeación de las actividades hechas anualmente, hay que tomar en cuenta que aparte de los programas del fortalecimiento de la autonomía, también se procura realizar una planeación anual, la cual buscará tener en cuenta como es el contexto real de las escuelas, junto a las características que van a la par de las mismas, haciéndose con un carácter profesional y por medio de un consejo técnico.
Para hacer las planeaciones anuales, se amerita de un recurso denominado ruta de mejora, en donde se establece la planificación escolar, el cual no se rige por una metodología en específica, ajustándose esporádicamente basándose en evaluaciones que se hacen. Junto a esto, las acciones del refuerzo de la autonomía de gestión escolar, servirán como apoyo de la ruta de la mejora, incluyéndose en esta misma.
Capítulo V Acuerdo 717
Para que se dé una autonomía escolar, se amerita de recursos, el capítulo V tendrá un foco en lo competente a cómo se administran y rinden los recursos, además de ver la transparencia de ellos. Siguiendo este mismo orden, los programas que se usan para la autonomía de gestión escolar, también hablarán acerca de diversos métodos para el uso de los recursos de manera transparente, usándose para mejoras de materiales o infraestructura que se disponga según la ruta de la mejora.
A forma de asegurarse de que genuinamente los bienes son usados transparentemente, se tienen que seguir algunas condiciones, como en el caso del tren directivo, además del consejo escolar que tengan padres incluidos, definirán en que se usarán; por el lado de la comunidad escolar, si usan estos medios, se basarán en principios de honestidad, transparencia y rendición de cuentas; las autoridades educativas a nivel local y municipal, dictarán mecanismos en los que puedan supervisar el uso adecuado de los bienes.
Capítulo VI Acuerdo 717
El Capítulo VI expondrá el enlace que tienen las familias en los procesos educativos, por lo que se divulga una participación que involucre desde los maestros, los padres o tutores, y el alumno, creando así un mayor compromiso y se pueda corresponsabilizar de la educación de su representado. Además de lo anteriormente dicho, las autoridades educativas, por medio de sus programas, pueden ser un apoyo para el Consejo Técnico de las escuelas, involucrando a los docentes, y a las familias o tutores de los alumnos.
Acuerdo que sustituye al Acuerdo 717
Posterior a la publicación del Acuerdo 717, se encuentra otro acuerdo de número 15/10/17, entrando en vigencia a partir del año 2017 en octubre, tratará temas pertinentes a directrices de la organización y del desempeño de los CTE en educación básica, el cual da cambios que se relacionan a un marco legal en el establecimiento de la autonomía de la gestión de escuelas, y se centra en hablar acerca del poder que tiene el CTE en cuanto a decisiones en las entidades escolares
Una de las pautas vistas al momento de acceder al acuerdo 15/10/17, hace mención a la derogación del Capítulo IV del acuerdo 717, el cual se centraba en hablar de la planificación de las actividades anualmente, por lo que entra en esta parte el uso del acuerdo de número 15/19/17, ya que se menciona que es al Consejo Técnico quien tiene la responsabilidad y potestad de planear, basándose en información objetiva que lo colabore con la comprensión del proceso de aprendizaje, resaltando las necesidades, y marcando por medio del CTE, metas y objetivos que beneficien a la institución. Por lo anteriormente expuesto, y por cómo se planteaba la Ruta de Mejora en el acuerdo 717, es que el capítulo IV queda abolido, y se toma en cuenta lo dictaminado en el presente.