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Elementos Multifactoriales Promoción Vertical en Educación Básica 2024-2025

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Promoción Vertical en Educación Básica 2024-2025

Criterios técnicos de valoración de Elementos Multifactoriales del proceso de promoción a funciones directivas o de supervisión en educación básica, ciclo escolar 2024-2025

Con el propósito de apreciar los conocimientos, aptitudes, capacidad de gestión y experiencia necesarios, además de la vinculación y compromiso de las maestras y los maestros que aspiran a las funciones directivas o de supervisión con la comunidad escolar para contribuir al logro del aprendizaje y el desarrollo integral de los educandos, los elementos multifactoriales que se tomarán en cuenta, como parte del proceso de promoción a funciones directivas o de supervisión en educación básica ciclo escolar 2024-2025 serán los siguientes:

Elemento multifactorial Ponderación de puntaje máximo
I. Estudios de posgrado 15
II. Antigüedad 30
III. Experiencia y tiempo de trabajo en zonas de marginación, pobreza y descomposición social 15
IV. Reconocimiento al buen desempeño 10
V. Apreciación de conocimientos y aptitudes 30
Total 100

La forma de acreditación y valoración de los elementos mencionados, se establecen respectivamente:

Procedimiento para la valoración de los Elementos Multifactoriales para la promoción vertical en Educación Básica para funciones directivas o de supervisión 2024-2025: 

 

I. Estudios de Posgrado

Refiere al máximo grado de estudios de posgrado que el participante realizó en instituciones de educación superior con reconocimiento de validez oficial de estudios, acreditado a través de título o cédula profesional. En el caso de estudios realizados en el extranjero, se requerirá el apostillado y revalidación correspondiente. Se valorará conforme a la Tabla 2.

Tabla 2. Puntaje para los estudios de posgrado.

Estudios de posgrado Puntaje
Especialidad 5
Maestría 10
Doctorado 15

II. Antigüedad

Refiere a los años de servicio acumulados en el desempeño de funciones docentes, directivas o de supervisión en el servicio público educativo. Se considerará un mínimo de antigüedad de 4 y un máximo de 30 años.

a antigüedad total será la suma de los años reportados en cada constancia presentada por las y los maestros. El rango de puntajes se establece de conformidad con la Tabla 3.

Tabla 3. Puntaje para la Antigüedad.

Rangos de años en el servicio público Rangos de Puntajes
De 4 a 6 De 9.98 a 11.52
De 6 a 12 De 11.52 a 16.14
De 12 a 18 De 16.14 a 20.76
De 18 a 24 De 20.76 a 25.38
De 24 a 30 De 25.38 a 30

III. Experiencia y tiempo de trabajo en zonas de marginación, pobreza y descomposición social

Contempla los últimos 10 años de servicio en funciones docentes, directivas o de supervisión considerando las condiciones sociales y económicas de la ubicación de los centros de trabajo donde las maestras o maestros desempeñaron su función.

Se tomará en cuenta un mínimo de 1 año de experiencia y un máximo de 10, de conformidad con la Tabla 4.

Tabla 4. Puntaje para la Experiencia y tiempo de trabajo en zonas de alta marginación, pobreza o descomposición social.

NO TE LO PIERDAS 👉💙  Acuerdo 8
Rangos de Años de servicio en zonas de alta marginación, pobreza y descomposición social Rangos de Puntajes
De 1 a 3 De 2.4 a 5.2
De 3 a 6 De 5.2 a 9.4
De 6 a 10 De 9.4 a 15

IV. Reconocimiento al buen desempeño

Consiste en el reconocimiento que realiza el colectivo docente a la labor cotidiana de la maestra o maestro participante.

Para su acreditación se tomará en cuenta una carta emitida por el colectivo docente, asignando el puntaje de conformidad con la Tabla 5.

Tabla 5. Puntaje para el Reconocimiento al buen desempeño.

Acreditación de reconocimiento al buen desempeño Puntaje
No
Si 10

V. Apreciación de conocimientos y aptitudes

Corresponde al sistema que permite apreciar los conocimientos, aptitudes, capacidad de gestión y experiencia necesarios, además de la vinculación y compromiso de las personas que aspiran a las funciones directivas o de supervisión con la comunidad escolar para contribuir al desarrollo integral y aprendizaje de los educandos.

EJEMPLO DE SIMULADOR PARA EDUCACION BASICA
[ PRIMERA PARTE ]

/20
549 votos, 4.5 media
31735

Artículo Tercero Constitucional

Artículo Tercero Constitucional

1 / 20

Es la instancia encargada de determinar los planes y programas de estudio de la
educación primaria, secundaria y normal para toda la República.

2 / 20

Instancia que se crea, de acuerdo a la reforma de la fracción IX del Artículo 3°
Constitucional, según el Decreto del 26 de febrero de 2013, para garantizar la prestación
del servicio educativo de calidad.

3 / 20

El respeto a la libertad de cátedra, de libre examen y de investigación sólo se aplica
en el nivel:

4 / 20

Son la expresión concreta de la manera en que se espera se cumplan las competencias de cada asignatura en cada grado y a su vez expresan la manera específica de evaluar si los estándares curriculares se están cubriendo

5 / 20

La fracción cuarta del artículo tercero específicamente se refiere a:

6 / 20

Son elementos que, según la Ley General del Servicio Profesional Docente, servirán de
referente para la buena práctica profesional.

7 / 20

Las universidades y las demás instituciones de educación superior deberán:

8 / 20

Además de impartir la educación elemental, el Estado está obligado a:

NO TE LO PIERDAS 👉💙  Acuerdo 656

9 / 20

Establece que la educación es un derecho que tienen todas las personas para el pleno
desarrollo de su personalidad, para el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos
y para las libertades fundamentales

10 / 20

En la fracción primera del artículo tercero se señala que la educación que imparta el
Estado será laica respetando la libertad de creencias que la misma Constitución garantiza
en el:

11 / 20

Son quienes señala el artículo tercero que tienen el derecho de recibir educación en el
territorio nacional.

12 / 20

Relacione la fracción del artículo tercero con el principio que propone. 1. Fracción I A.
Artículo 2°: calidad 2. Fracción II B. Artículo 5°: laicidad 3. Fracción IV C. Artículo 6°:
gratuidad.

13 / 20

De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 3° de la Constitución Política, es un principio
de la educación mexicana que permite mantener al sistema educativo ajeno a cualquier
doctrina religiosa.

14 / 20

Son los niveles obligatorios según el artículo tercero.

15 / 20

La educación que imparte el Estado abarca los niveles de:

16 / 20

Establezca la relación entre las fracciones del artículo tercero y los artículos de la Ley
General de Educación según el principio tratado. 1. Fracción I A. Artículo 2°: calidad 2.
Fracción II B. Artículo 5°: laicidad 3. Fracción IV C. Artículo 6°: gratuidad.

17 / 20

Los particulares podrán impartir educación en:

18 / 20

Son principios establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos que orientan las políticas, la organización y el funcionamiento del sistema
educativo nacional.

19 / 20

Artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se
modificaron por el Decreto del 26 de febrero de 2013 en el que se garantiza la calidad de
la educación obligatoria.

NO TE LO PIERDAS 👉💙  Requisitos Promoción Vertical Media Superior 2024-2025

20 / 20

En el artículo tercero se señala que la educación impartida por el Estado, será laica está
indicando que:

Tu puntación es

0%

Por favor califique este cuestionario

Será valorado con un instrumento de apreciación de conocimientos y aptitudes el cual será analizado mediante la Teoría Clásica de los Tests, para garantizar su confiabilidad y validez.

SIMULADORES USICAMM

 Definición de rangos para ponderación de los puntajes en promoción vertical en Educación Básica 2024f-2024

Los rangos de los valores se establecen a través de transformaciones lineales, con base en el comportamiento estadístico descriptivo e histórico de la población.

Integración del listado nominal ordenado de resultados en la promoción vertical en Educación Básica 2024-2025

El listado nominal ordenado de resultados se integrará con el puntaje final obtenido por cada uno de los participantes. Éste será emitido por entidad, nivel educativo, tipo de servicio y tipo de sostenimiento.

La posición de cada aspirante en el listado nominal ordenado de resultados se determinará con base en el puntaje final, siguiendo un orden de mayor a menor.

Criterios de desempate considerando la valoración de los Elementos Multifactoriales para la promoción vertical en Educación Básica 2024-2025

En los casos donde dos o más maestras o maestros obtengan el mismo puntaje final, se prevén los siguientes criterios de desempate:

  • correcto El puntaje obtenido en la apreciación de conocimientos y aptitudes;
  • correcto Los puntajes obtenidos por área en la apreciación de conocimientos y aptitudes, tomando el orden de las áreas como jerarquía (área 1, área 2, …, área n);
  • correcto La cantidad de años de servicio acumulados en el desempeño de funciones docentes, directivas o de supervisión en el servicio público;
  • correcto El número de años de experiencia y tiempo de trabajo acumulados en zonas de alta marginación, pobreza y descomposición social, y
  • correcto El máximo grado académico obtenido por estudios de posgrado, registrado por la maestra o maestro participante:

1.-Doctorado;

2.-Maestría, y

3.-Especialidad

Elementos Multifactoriales Promoción Vertical en Educación Básica 2022-2023
Elementos Multifactoriales Promoción Vertical en Educación Básica 2022-2023

𝗟𝗮 𝗡𝘂𝗲𝘃𝗮 𝗘𝘀𝗰𝘂𝗲𝗹𝗮 𝗠𝗲𝘅𝗶𝗰𝗮𝗻𝗮

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