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Artículo 3

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En México, el sistema educativo, como un ente con un poder y base legal, parte de su fundamentación, se basa en la aparición del artículo 3 de la Constitución mexicana, mostrando así, la importancia, obligatoriedad y poder que le concede el Estado mexicano como ente gubernamental a lo que es considerado como un derecho básico de la sociedad, estableciendo así aquellos puntos importantes que conforman y caracterizan la educación mexicana, y en lo que se rige al final aquellos entes gubernamentales encargados de los servicios educativos.

¿En qué consiste el artículo 3?

artículo 3
Artículo 3

Busca dictaminar los principios de la educación en México, abarcando desde cómo debe ser la educación, desde la perspectiva de lo que se pretende con el alumnado, diciendo así que debe basarse en una enseñanza integral, dando una idea de las materias que se tienen que impartir con base en esto, al público al que va destinada, siendo obligatoria desde la infancia, niveles educativos yéndose desde educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior, mostrándose pública, obligatoria, universal, inclusiva, gratuita y laica.

En cuanto al cuerpo docente, se habla de su contratación a nivel social, sus derechos dentro del sistema educativo, los procesos de admisión y promoción dentro de estos organismos, el ejecutivo de educación, indicando que estos deberán de seguir su reglamento pertinente en cuanto a su función y organización, junto a los planes de estudio a nivel nacional, teniendo en cuenta la perspectiva que tienen que mantener.

Viéndose que este artículo abarca la esencia de que tiene que seguir la educación desde diversas maneras, abarcando una cantidad de puntos importantes para poder que este sistema funcione a cabalidad, llegando a tener un camino por el cual puede guiarse.

Los fines de la educación según artículo 3

Tomando en consideración sólo aquello mencionado que envuelve a como se tiene que llevar la educación, el objetivo de la misma, y que se tiene pensado de la misma, siendo de importancia para el ciudadano mexicano, se destaca:

  • La educación es un derecho parte del ciudadano mexicano, buscando hacer eco de la importancia de, en donde las federaciones, estados, ciudades y municipios, podrán ser dadores de estos entes, que cuenta con los niveles desde educación inicial, hasta superior.
  • El artículo 3 también establece que la educación básica, que va desde la inicial, primaria y educación secundaria, hasta la media superior son obligatorias.
  • La educación se considera obligatoria, universal, inclusiva, laica, pública y gratuit.
  • Uno de sus principales pilares será los derechos humanos, buscando divulgar las capacidades del humano, creando también sentimiento nacionalista, cultura de paz, promoción de valores como el respeto, dignidad y honestidad.
  • El espacio educativo tendrá que ser el adecuado y de incentivación en el proceso de aprendizaje, siendo prioridad del Estado el mantenimiento y mejora de los espacios.
  • Los programas educativos tendrán una perspectiva integral de género, uniendo a esto tanto la ciencia y humanidades, llegando a incluir matemática, filosofía, lenguas extranjeras, indígenas, literatura, educación sexual, educación física, y demás.
  • El progreso científico; la democracia como optimizador de la economía, sociedad y cultura: nacionalismo para mostrar las problemáticas, recursos y defensa del país; la convivencia ambiental, desde la sociedad, recursos naturales, familia, y cultura; mostrarse equitativo, independientemente de impedimentos a nivel socioeconómico, impulsando a estas mismas comunidades, incluyendo la educación en distintos niveles para adultos, y para grupos indígenas, la comunicación plurilingüe y que no excluye las culturas; llega a transformarse e inclusiva, intercultural, completa y de gran nivel. Todo lo anteriormente expuesto se ven como criterios en la educación mexicana.
  • Así como se considera el desarrollo científico como fuente de progreso y veracidad, es un derecho poder acceder a los beneficios de esta, además de que se apoyará a los que quieran innovar e investigar en cuanto a lo científico, humanístico y tecnológico.
  • Los institutos educativos privados tendrán que regirse por lo escrito en esencia por el artículo 3 de igual forma, independientemente de su nivel, contando además de los permisos necesarios para poder funcionar.
  • Aquellos institutos de educación superior que sean autónomos, se regirán por sí mismos, teniendo ellos mismos su propio reglamento para llevarse a cabo.
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Los fines de la educación para el personal docente y entes educativos según el artículo 3.

El artículo 3 además de hablar acerca de consideraciones, fundamentos y criterios para la educación, también habla del personal que está detrás de que el proceso educativo se ve, hablando desde el personal docente, los entes, y algunas leyes que van con esto, mencionando así:

  • El personal de maestros se puede ver como un pilar en el proceso de enseñanza y de cambio social.
  • Los maestros cuentan con el derecho de formar parte del SEN, permitiendo su crecimiento profesional, por medio de estudios y evaluaciones dadas por el mismo organismo.
  • La Usicamm se regirá por la ley, la cual le dará los lineamientos a seguir en relación con los niveles de docente, directivo o supervisor, teniendo así en cuenta que esta misma se apoyará de las diversas entidades federativas y su establecimiento en.
  • El personal docente en cuanto a su derecho de formar parte del SEN, al momento de su admisión, promoción o reconocimiento, según sea su caso, tendrán que tener su proceso de selección, el cual se regirá por lo dictado por la Usicamm, centrándose en ser transparentes, equitativos, objetivos, y tener su conocimiento de carácter público.
  • Para el Estado, el mantenimiento de las entidades públicas para la formación de docentes será tomado en cuenta.
  • Los objetivos de la educación inicial, y programas de estudio en educación básica y normal, se harán tomando en cuenta desde el Presidente, junto a la opinión de los gobiernos de otros estados, y las personas involucradas en educación, además de las realidades y contextos que se viven, será lo que dictamine cómo serán estos proyectos.
  • El Congreso General mexicano será el responsable de dar aportes económicos a las federaciones, sus entidades y municipios, además de indicar leyes que regulen el uso de este dinero para sus fines, sancionando el mal uso de este.
  • El Mejoredu se implementa con la finalidad de velar por los objetivos educativos, siendo un ente público, con autonomía, decisión y gestión, el cual hará estudios del SEN; exponer las guías de resultados, puntos y proceso evaluativos de la mejora educativa; hacer constar al magisterio el desenvolvimiento escolar, tanto en parte académico como organizacional; proponer y generar información o factores que ayuden al surgimiento y mejora de la educación en sus distintos niveles, al igual que del SEN.
  • El Mejoredu como ente público que es sustentado legalmente, contará con su respectiva junta directiva, siendo el líder de los planes, coordinación y programación del Mejoredu, siendo elegidas 5 personas por la Cámara de Senadores; junto a un consejo técnico en educación, siendo el asesor de la junta directiva en ámbito académico, ya que son especialistas en el campo; y su consejo ciudadano, el cual servirá para tener una representación de los sectores que tienen relación en educación.
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Importancia del conocimiento del artículo 3

Mediante el artículo 3, se puede considerar que siembra una base de las leyes y entes que van de la mano del sistema educativo, mostrándose desde sus diversas expresiones en cómo se manifiesta y el porqué de la misma, explicándose así que esta sigue estos parámetros, ya que así es lo establecido, resguardándose en esto.

Para los profesionales en educación, o personas que se relacionan en este mundo, aquí se presenta una buena parte de sus derechos básicos, mostrándose desde el momento de su mención en la unión de la SEN, y explicando así en cómo y qué tienen que entes tienen que asentarse, además de consideraciones en cuanto su propio perfil. Siguiendo con esto, estos entes, que se encargan de la integración de un equipo de maestros y maestras, también tienen parte de sus cimientos en el artículo 3, evidenciándose así en el Mejoredu, las bases del mismo y cómo se integra, o en el caso de aquellas instituciones educativas que no sean públicas, expone en que tienen que basarse para que estas surjan y sean consideradas bajo el marco de la legalidad.

En cuanto al artículo 3 y el ciudadano mexicano, declara como un derecho que toda persona tiene la educación, desde su momento de infancia en adelante, el apoyo que da el gobierno mexicano a los grupos sociales para el estudio, y el surgimiento científico de los mismos, haciendo del conocimiento nacional las consideraciones de la educación, tomándose en cuenta para comprender los beneficios que la misma otorga, además de querer promulgarse, con la finalidad del empoderamiento de comunidades mexicanas, y que estas mismas busquen cumplir a cabalidad su derecho.

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Visualización del artículo 3

Se puede visualizar por medio de la obtención de la Constitución de México, con su última modificación en el año 2021, apreciándose así las reformas que se han hecho durante los años a todos los artículos, incluyendo el artículo 3. También se tiene a disposición, en caso de solamente querer leer el presente artículo para su comprensión, estudio, investigación y permitirse detallarlo, por medio de plataformas digitales, llegando a acceder por medio del siguiente enlace http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/3.pdf.

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